Medidas de incentivos economicos por reintegro/incorporación de trabajadores y facilidades de pago

Se ha establecido por parte del Poder Ejecutivo un aporte de $ 5.000 pesos por trabajador, durante tres meses, para aquellas empresas que entre el 1/7/2020 y el 30/9/2020, reintegren trabajadores amparados al subsidio por desempleo con causal Suspensión Total o que incorporen nuevos trabajadores.
Este subsidio será habilitado automáticamente por el BPS, una vez realizados todos los controles necesarios, no teniendo que realizar las empresas ningún trámite para su incorporación a este beneficio.

Las condiciones para acceder al beneficio son las siguientes: 

  • Para reintegro de trabajadores, que los trabajadores reintegrados hayan estado cobrando seguro de desempleo al 31/5/2020. 
  • Para incorporación de trabajadores, las empresas no deben registrar trabajadores en el seguro de desempleo al 31/5/2020 por cualquier causal. 
  • Subsidio condicionado a que se conserven los puestos de trabajo reintegrados o incorporados durante la vigencia del beneficio. 
  • La empresa no puede registrar trabajadores en el seguro de desempleo por cualquier causal posterior al 1/7/2020. 
  • Este beneficio no es acumulable con otra prestación, subsidio o exoneración tributaria vinculada al fomento del empleo y relacionada con el trabajador reintegrado o incorporado, como por ejemplo los subsidios por contrato de personas jóvenes o mayores de 45 años. 

Por otra parte, en las medidas establecidas por la pandemia y atendiendo a las dificultades que están atravesando las empresas de menor dimensión económica, se ha anunciado un nuevo régimen de facilidades de pago para cierto tipo de empresas sin dependientes. 

Las empresas unipersonales y sociedades de hecho comprendidas en el régimen de Monotributo o Monotributo Social del MIDES, con actividad de Industria y Comercio, sin dependientes, pueden acceder a una financiación de hasta 36 cuotas para el pago de la totalidad de aportes patronales y personales generados desde Febrero/2020. 

Este beneficio se mantiene vigente en tanto se mantenga la situación de emergencia sanitaria. 

Mazars, a través de su Departamento de OAS (Outsourcing and Accounting Services) provee la solución ideal para la liquidación de Sueldos y asesoramiento laboral en general que necesita su empresa 

En Mazars Uruguay contamos con un equipo de profesionales actualizados y capacitados que permanentemente asesora a empresas multinacionales y nacionales para la toma de decisiones en todas las áreas de la empresa.  

Comuníquese con nosotros, seguramente encontraremos la mejor solución para su empresa. 

Documentos consultados: 

https://www.bps.gub.uy/bps/file/17388/2/decreto-mtss.pdf 

https://www.bps.gub.uy/bps/file/17400/2/comunicado-34-2020---nuevo-regimen-de-facilidades-de-pago.pdf 

https://www.bps.gub.uy/bps/file/17400/2/resolucion-de-directorio-22-13-2020.pdf